Arraigo · Regularización · Barcelona
Arraigo Sociolaboral en Barcelona
Si llevas 2 años en España y tienes una oferta de trabajo, el arraigo sociolaboral te permite regularizar tu situación sin necesidad de demostrar vínculos sociales ni informe de integración.
¿Qué es el arraigo sociolaboral?
El arraigo sociolaboral es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite regularizar la situación de personas extranjeras que llevan al menos 2 años en España y tienen una oferta de trabajo o son titulares de una actividad por cuenta propia.
A diferencia del arraigo social, no exige disponer de un informe de integración ni acreditar vínculos familiares. La clave es tener el contrato de trabajo.
¿Qué autorización se obtiene?
Se concede una autorización de residencia y trabajo temporal de 2 años de duración, que permite trabajar en cualquier ocupación y en todo el territorio nacional.
¿Qué documentación necesita el empleador?
- Contrato de trabajo firmado (mínimo 1 año, mínimo 30h/semana)
- Justificante de estar al corriente con la Seguridad Social
- Documentación acreditativa de la empresa o actividad
¿Qué diferencia tiene con el arraigo social?
- El arraigo sociolaboral exige 2 años de residencia (el social exige 3)
- No necesita informe de integración social
- Requiere contrato de trabajo o actividad por cuenta propia
¿Cómo se tramita en Barcelona?
La solicitud se presenta en la Oficina de Extranjería de Barcelona (Subdelegación del Gobierno). En Alsina Abogados nos encargamos de todo:
- Revisamos que cumples los 2 años de residencia con la documentación adecuada
- Verificamos que el contrato de trabajo cumple los requisitos
- Preparamos y presentamos toda la documentación
- Hacemos seguimiento del expediente hasta la resolución
¿Tienes contrato de trabajo y llevas 2 años en España?
Cuéntanos tu situación y analizamos si el arraigo sociolaboral es tu vía. Contacta sin compromiso.