Movilidad internacional · Teletrabajo
Residencia para nómadas digitales en España
Asesoramiento para trabajadores y profesionales que quieren residir en España mientras desarrollan a distancia una actividad de carácter internacional.
Consultar mi caso
Actividad laboral o profesional a distancia
La autorización de teletrabajo de carácter internacional está prevista para nacionales de terceros países que trabajan a distancia mediante medios informáticos y de telecomunicación para empresas situadas fuera de España.
En actividad profesional, la normativa permite además una actividad limitada para una empresa situada en España, dentro del porcentaje legalmente previsto.
Qué revisamos
- Relación con la empresa o clientes: contratos y vinculación previa.
- Cualificación o experiencia: titulación o experiencia profesional acreditable.
- Medios económicos: acreditación de recursos para titular y familiares, cuando proceda.
- Seguridad Social: revisión de la cobertura aplicable antes de presentar.
- Antecedentes: documentación penal e incidencias previas.
Solicitud desde el extranjero o desde España
La normativa distingue entre el visado de teletrabajo internacional y la autorización de residencia que puede solicitarse en determinados supuestos desde España. La estrategia documental depende de dónde se encuentre el solicitante y de su situación migratoria.
Familiares
Revisamos la posibilidad de incorporar a los familiares que puedan quedar amparados por el régimen aplicable y coordinamos su documentación con la solicitud principal.
Base legal e información oficial
El teletrabajo de carácter internacional se regula en el artículo 74 bis y siguientes de la Ley 14/2013.
Fuentes oficiales: BOE — Ley 14/2013 · UGE — Teletrabajadores
¿Trabajas en remoto y quieres vivir en España?
Indícanos si eres trabajador o profesional, el país de la empresa o clientes y desde dónde quieres presentar. Revisaremos primero si esta vía encaja con tu situación.