Movilidad internacional · Residencia
Residencia no lucrativa en España
Asesoramiento jurídico para preparar la solicitud con una estrategia documental clara desde el inicio, especialmente cuando existen antecedentes o documentación extranjera compleja.
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Qué revisamos antes de presentar
- Medios económicos: analizamos cómo acreditar recursos suficientes y estables.
- Seguro médico: revisamos que la cobertura aportada sea adecuada para el procedimiento.
- Antecedentes: estudiamos condenas españolas o extranjeras y su posible incidencia.
- Documentación extranjera: comprobamos legalización o apostilla, traducciones y vigencia.
Preparación del expediente
La solicitud exige una preparación documental coherente antes de su presentación ante el consulado español competente. Revisamos el expediente con antelación para reducir incidencias, requerimientos y errores evitables.
Solicitudes con antecedentes penales
Cuando existe una condena o antecedente, analizamos qué hechos lo originaron, el tiempo transcurrido, su situación registral y, si se trata de una condena extranjera, su posible relevancia jurídica en España.
Cómo trabajamos
- Revisión inicial de viabilidad.
- Plan documental adaptado al caso y al consulado competente.
- Revisión de medios económicos, seguro y antecedentes.
- Control de documentos extranjeros, traducciones y legalizaciones.
- Preparación del expediente y asistencia frente a incidencias o requerimientos.
Base legal
La residencia temporal no lucrativa se regula actualmente en los artículos 60 a 64 del Real Decreto 1155/2024.
Fuente oficial: BOE — Real Decreto 1155/2024